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18 julio, 2026La Fiscalía de la Corte Penal Internacional pidió retirar los cargos contra Abdallah Banda en el caso Darfur
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) solicitó retirar los cargos formulados contra Abdallah Banda Abakaer Nourain, acusado en el marco de la investigación por el ataque contra una base de la Misión de la Unión Africana en Haskanita, Darfur. La petición fue presentada el 14 de julio de 2026 y deberá ser resuelta por la Sala competente de la Corte.
Según la acusación originalmente formulada, Banda habría participado en el ataque perpetrado en septiembre de 2007 contra una misión internacional de mantenimiento de la paz, durante el cual fallecieron integrantes de la fuerza y se produjeron saqueos y destrucción de bienes. En 2011, la Corte confirmó los cargos por presuntos crímenes de guerra y posteriormente emitió una orden de detención luego de que el acusado dejara de comparecer ante el tribunal.
La novedad procesal radica en que la propia Fiscalía solicitó retirar la acusación. Según explicó en su presentación, tras una nueva evaluación del caso concluyó que la prueba actualmente disponible ya no permitiría acreditar la responsabilidad penal del acusado con la solidez exigida para sostener la acusación en juicio. Entre los factores considerados se encontrarían el prolongado tiempo transcurrido desde los hechos y las dificultades probatorias derivadas de esa circunstancia.
La solicitud también refleja la aplicación del principio de objetividad que rige la actuación de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional. Conforme al Estatuto de Roma, el fiscal no solo debe impulsar las investigaciones cuando considera que existen elementos suficientes para acusar, sino también revisar permanentemente la consistencia de la prueba y desistir de la persecución penal cuando concluye que ya no se reúnen los presupuestos necesarios para sostenerla.
La decisión definitiva aún no fue adoptada por la Corte y el trámite continuará con la intervención de la defensa y de los representantes legales de las víctimas.
Más allá del resultado que finalmente adopte la Corte Penal Internacional, el caso deja una enseñanza relevante para el derecho penal internacional.
Las investigaciones por crímenes de guerra suelen desarrollarse durante muchos años y dependen, en gran medida, de la cooperación de distintos Estados, de la disponibilidad de testigos y de la conservación de evidencia obtenida en contextos de conflicto armado. Cuando el tiempo transcurre, la prueba puede deteriorarse y ello impacta directamente sobre la viabilidad de una acusación.
Desde la perspectiva procesal, el caso recuerda que toda investigación penal —también en el ámbito internacional— requiere una prueba suficiente para sostener una acusación en juicio. La gravedad de los hechos investigados no reemplaza la necesidad de acreditar la responsabilidad individual mediante evidencia legalmente obtenida y adecuadamente preservada.
Para quienes trabajan en investigaciones complejas, el expediente también pone de relieve la importancia de documentar correctamente la prueba desde las primeras etapas, preservar la cadena de custodia y mantener estándares técnicos que permitan sostener una acusación aun después de varios años.
Estudio Rois
La presente publicación tiene fines exclusivamente informativos y académicos. No constituye asesoramiento jurídico sobre un caso concreto.
Fuentes
Corte Penal Internacional – Comunicado oficial de la Fiscalía sobre la solicitud de retiro de los cargos, 14 de julio de 2026:
https://www.icc-cpi.int/news/icc-office-prosecutor-requests-withdraw-charges-against-abdallah-banda-darfur-situation
Corte Penal Internacional – Información oficial del caso Banda:
https://www.icc-cpi.int/darfur/banda
Corte Penal Internacional – Solicitud pública de la Fiscalía para retirar los cargos, expediente ICC-02/05-03/09-727-Red:
https://www.icc-cpi.int/court-record/icc-02/05-03/09-727-red
Corte Penal Internacional – Orden de detención contra Abdallah Banda, expediente ICC-02/05-03/09-606:
https://www.icc-cpi.int/court-record/icc-02/05-03/09-606
